La Presidencia de la República informa que el Presidente Felipe Calderón Hinojosa dará seguimiento puntual tanto al ejercicio de las responsabilidades conferidas a la Secretaría de Gobernación, como al cumplimiento de sus pendientes, en tanto designa a quien habrá de ocupar la titularidad de dicha Dependencia. Para ello, se auxiliará del Subsecretario de Gobierno, Abraham González Uyeda, a quien en términos del Artículo 101 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación le corresponde suplir temporalmente la ausencia del Secretario. El Artículo 101 del Reglamento Interior señala que: "El Secretario será suplido en sus ausencias por el Subsecretario de Gobierno; de Enlace Legislativo; de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos; de Población, Migración y Asuntos Religiosos, y de Normatividad de Medios, en el orden mencionado, y por el Oficial Mayor en ausencia de éstos…".REVISTA ELECTRÓNICA Asociación de Reporteros e Informadores Gráficos de Periódicos y Revistas de la República Mexicana. A.C. Permiso 091714
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6/11/08
El Subsecretario de Gobierno, Abraham González Uyeda, suplirá temporalmente la ausencia del Secretario
La Presidencia de la República informa que el Presidente Felipe Calderón Hinojosa dará seguimiento puntual tanto al ejercicio de las responsabilidades conferidas a la Secretaría de Gobernación, como al cumplimiento de sus pendientes, en tanto designa a quien habrá de ocupar la titularidad de dicha Dependencia. Para ello, se auxiliará del Subsecretario de Gobierno, Abraham González Uyeda, a quien en términos del Artículo 101 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación le corresponde suplir temporalmente la ausencia del Secretario. El Artículo 101 del Reglamento Interior señala que: "El Secretario será suplido en sus ausencias por el Subsecretario de Gobierno; de Enlace Legislativo; de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos; de Población, Migración y Asuntos Religiosos, y de Normatividad de Medios, en el orden mencionado, y por el Oficial Mayor en ausencia de éstos…".
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