
Precisa la noción de patria potestad, agregando la protección psicológica a esta condición y detalla quiénes pueden ejercerla y las causas de su pérdida, como la violencia familiar. En el mismo tenor, faculta a las víctimas de violencia familiar a interponer demanda judicial y amplia la idea de violencia psicológica; incluye la noción de discriminación de género y daños contra la libertad e integridad física y psicológica de los integrantes del núcleo familiar. En el ámbito laboral, amplía los beneficios a servidoras públicas embarazadas y madres adoptivas, así como a servidores públicos varones con esposas en ese estado; garantiza las mismas remuneraciones por el mismo trabajo, sin distinción de género; agrega como derechos el respeto a la intimidad, la integridad física, psicológica y sexual, garantizando la no discriminación por razones de género y otras. En la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, agrega como causales de recisión de contrato laboral en el ámbito público incurrir en actos de violencia, discriminación y hostigamiento sexual; en este espacio, las instituciones públicas están obligadas a preferir por igual a hombres o mujeres para ocupar cargos laborales. Las reformas se complementan con disposiciones para que el gobierno, a través de sus instituciones, garantice educación con perspectiva de género, y fomente políticas públicas y programas sociales con esta orientación. Asimismo, establece que el Consejo Consultivo de la Comisión de Derechos Humanos estatal (CODHEM), otorgue al menos dos lugares a mujeres. Durante la discusión del dictamen, los legisladores Víctor Manuel Bautista López y Ricardo Moreno Bastida, del Grupo Parlamentario del PRD defendieron la reserva a los artículos 4.1 bis, 4.4. 4.403, 4.404 y 6.170 del Código Civil por considerar que, si bien, la reforma efectivamente ayuda a las mujeres, afecta la libertad democrática promoviendo la violencia e intolerancia, y en la identificación del matrimonio, atentan contra la libertad individual al rechazar implícitamente la unión entre homosexuales y lesbianas, resultando discriminatoria su aplicación. Por Nueva Alianza, los legisladores Antonio González Roldán y Eynar de los Cobos Carmona, admitieron la insuficiencia de lo aprobado, adelantando que su grupo legislativo propondrá mayores reformas en relación con el matrimonio y el concubinato. Sometidas al pleno, las reservas fueron votadas en contra, con lo que el dictamen final no fue modificado en ninguna de sus partes.
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